Con la iniciativa de adiciones a la Ley de Cultura Física y Deporte para el Estado de Tamaulipas, la diputada Magaly Guillermina Deándar Robinson busca robustecer la detección temprana de talentos deportivos y garantizar una verdadera articulación entre el deporte y la educación. Propone reconocer al deporte como una herramienta fundamental para el desarrollo integral de las personas y para la construcción de una sociedad más sana, justa y con oportunidades reales de movilidad social.
Magaly, cuya sensibilidad social se ha puesto de manifiesto en sus frecuentes y acertadas propuestas legislativas, reconoce la necesidad de que el Gobierno del Estado, a iniciativa del Congreso, cree las instituciones necesarias para el reconocimiento, seguimiento y capacitación de los talentos naturales de los niños y jóvenes deportistas, a fin de darles el apoyo necesario para que desarrollen sus habilidades y asuman un estilo de vida provechoso para ellos y para la comunidad.
La propuesta integral es: “Artículo Único. Se adiciona un capítulo 11 Bis así como sus artículos 15 Bis, 15 Ter, 15 Quater, 15 Quinquies y 15 Sexies a la Ley de Cultura Física y Deporte para el Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue: Capítulo 111 Bis, De la detección de talentos y su articulación con el sistema educativo. Art. 15 Bis.- El Instituto, en coordinación con las autoridades educativas estatales y municipales, implementará programas permanentes de detección temprana de talentos deportivos en los niveles de educación básica y media superior.
Artículo 15 Ter, Los programas de detección de talentos deportivos serán desarrollados en colaboración con las instituciones educativas públicas y privadas, y deberán garantizar la inclusión de niñas, niños y adolescentes de todas las regiones del Estado, con especial prioridad en zonas rurales y comunidades con rezago social. Artículo 15 Quáter, Con base en los resultados de la detección, el Instituto y las autoridades educativas diseñarán esquemas de facilidades durante el acompañamiento académico-deportivo, a fin de que las y los estudiantes continúen con sus estudios sin afectar su desarrollo deportivo.
Artículo 15 Quiquenio, Los programas deberán incluir mecanismos de evaluación y seguimiento que permitan medir el impacto de las acciones, con indicadores y metas anuales que serán de acceso público para promover la transparencia y la mejora continua. Artículo 15 Sexies, El Instituto y las autoridades educativas establecerán convenios específicos para la operación de estos programas, definiendo roles, responsabilidades e instancias de coordinación.
Transitorio, Artículo Primero, El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. Artículo Segundo, El Instituto del Deporte de Tamaulipas contará con un plazo de 180 días hábiles para adecuar sus programas y lineamientos conforme a lo dispuesto en el presente Decreto.
Con esta iniciativa de decreto, la diputada Magaly Deándar evidencia su interés por legislar para que en Tamaulipas, como en el resto del país, se cumplan los postulados de la Cuarta Transformación de la vida pública, fundamentados en el Humanismo mexicano que promueve la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo a nivel nacional, y el Dr. Américo Villarreal Anaya, en la entidad. Magaly, sigue haciendo historia.








