Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió declarar inconstitucionales los artículos del Código Penal estatal y la Constitución local que criminalizan el aborto y obliga a garantizar servicios de salud respecto a dicho ejercicio.
La resolución aprobada deriva de un amparo promovido por colectivos y quejosas en contra de los artículos 356, 357, primer párrafo, 358, fracciones I y II, 359, 360 y 361, fracción II, del Código Penal de Tamaulipas además de la Constitución estatal donde se establece que en la entidad se reconoce la vida «desde el momento de la fecundación hasta su muerte natural».
Con esta resolución ninguna mujer podrá ser criminalizada por solicitar un aborto voluntario, ni se criminalizará la realización de esta práctica para médicos y profesionales de la salud.
Esto abre la puerta al Congreso de Tamaulipas para realizar modificaciones que establezcan la garantía del aborto seguro en la entidad tanto para las personas gestantes como para personal médico.
El estado de Tamaulipas es uno de los pocos que aún mantiene la criminalización de esta práctica debido a que el Congreso estatal no ha ni siquiera iniciado la discusión sobre el tema.
Hugo Aguilar, presidente de la Suprema Corte, aclaró que si bien, en esta resolución, se protege únicamente a las quejosas, este es uno de los precedentes para que se legisle el tema en el Congreso local y, con ello, lograr que este derecho sea efectivo para más mujeres.
El amparo forma parte de acciones legales impulsadas por diversos colectivos en todo el estado, cuya mayoría fueron sobreseídos, sin embargo, el que se interpuso desde Ciudad Victoria fue atraído por la Suprema Corte y finalmente permitió la resolución histórica para el movimiento feminista en la entidad.










